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Se advierte expresamente a&#xA0;EL CLIENTE&#xA0;que&#xA0;VIVA CARS,&#xA0;&#xA0;podr&#xE1; no atender las demandas efectuadas para la prestaci&#xF3;n de los servicios ofertados, en aquellos casos en los que conste debidamente justificado que el solicitante de los mismos ha incumplido los t&#xE9;rminos y condiciones de los contratos celebrados con anterioridad con&#xA0;VIVA CARS, tanto en casos de impago de los servicios prestados como en aquellos supuestos en los que se haya producido una prolongaci&#xF3;n indebida de los servicios contratados sin el correspondiente conocimiento ni autorizaci&#xF3;n por parte de&#xA0;VIVA CARS, y todo ello conforme a la posibilidad expresamente contemplada en la normativa actualmente vigente en materia de consumidores y usuarios que pudiera resultar de aplicaci&#xF3;n. Al objeto de minimizar objetivamente los riesgos derivados de la conducci&#xF3;n de veh&#xED;culos a motor no podr&#xE1;n incluirse como conductores en el contrato celebrado sobre el veh&#xED;culo arrendado, a aquellas personas: 1&#xBA;.-) Que tengan una edad inferior a veinti&#xFA;n a&#xF1;os (21) a&#xF1;os. No obstante, lo anterior y conforme a las tarifas vigentes y publicadas por esta empresa, se advierte expresamente a&#xA0;EL CLIENTE&#xA0;que los conductores que tengan en el momento de la suscripci&#xF3;n del contrato una edad comprendida entre 21 y 25 a&#xF1;os deber&#xE1;n abonar el cargo extra indicado como &#x201C;young driver&#x201D;. Mientras que aquellos cuya edad sea superior a los 75 a&#xF1;os deber&#xE1;n abonar el correspondiente cargo extra indicado como &#x201C;senior driver&#x201D;.&#xA0;&#xA0; 2&#xBA;.-) Que tengan un permiso de circulaci&#xF3;n de vigencia inferior a un (1) a&#xF1;o. 3&#xAA;.-) Que no exhiban el documento original de su carnet de conducir en el momento de la suscripci&#xF3;n del presente documento. 4&#xAA;.-) Que dispongan de un carnet de conducir que conlleve cargas&#xA0; legales y/o penales. 5&#xAA;.-) Que en el momento de la contrataci&#xF3;n presenten una incapacidad f&#xED;sica o mental manifiesta, que induzca a que no presentan unas condiciones aptas para la conducci&#xF3;n.&#xA0;EL CLIENTE&#xA0;se obliga expresamente a no permitir la conducci&#xF3;n a ninguna persona distinta a las que figuren como conductores en el contrato suscrito al efecto, haci&#xE9;ndose responsable de cualquier da&#xF1;o o perjuicio producido en el veh&#xED;culo o a terceros en tal caso. Para Espa&#xF1;a y Portugal: Del mismo modo y al objeto de evitar los posibles riesgos ocasionados por las traves&#xED;as en barco o en cualquier otro medio de transporte que ser&#xED;a necesario utilizar en estos casos,&#xA0;EL CLIENTE&#xA0;se obliga expresamente a no desplazarse con el veh&#xED;culo arrendado a las ciudades Aut&#xF3;nomas de Ceuta y Melilla, a las Islas Canarias, ni a ning&#xFA;n lugar de las Islas Baleares. Tampoco podr&#xE1;&#xA0;EL CLIENTE&#xA0;desplazarse con el veh&#xED;culo arrendado fuera del territorio nacional, salvo que se haya manifestado su intenci&#xF3;n de hacerlo en la oficina de&#xA0;VIVA CARS, en el momento de la contrataci&#xF3;n del mismo, en cuyo caso deber&#xE1; suscribir el seguro adicional existente que le facultar&#xE1; para desplazarse por los territorios de Andorra, Francia o Portugal, &#xFA;nicos territorios nacionales en lo que estar&#xED;a permitida la circulaci&#xF3;n en dicho supuesto. Tampoco podr&#xE1;&#xA0;EL CLIENTE&#xA0;desplazarse con el veh&#xED;culo arrendado fuera del territorio nacional. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones expresamente asumidas por cada una de las partes en el presente contrato, facultar&#xE1; a la otra para exigir su cumplimiento o darlo por resuelto, as&#xED; como para adoptar las medidas oportunas para la recuperaci&#xF3;n del veh&#xED;culo (en caso de incumplimiento por parte del arrendatario), o para la devoluci&#xF3;n de las cantidades entregadas (en caso de incumplimiento por parte del arrendador), y todo ello sin perjuicio de la posibilidad de reclamar los da&#xF1;os y perjuicios que se hubieran podido ocasionar como consecuencia de dicho incumplimiento. El presente contrato de arrendamiento del veh&#xED;culo sin coqnductor se realizar para que&#xA0;EL CLIENTE&#xA0;pueda utilizar y disponer del mismo para su uso particular, asumiendo expresamente &#xE9;ste la responsabilidad civil, administrativa o incluso penal que pudiera derivarse de un uso indebido del mismo o de la comisi&#xF3;n de cualquier tipo de infracci&#xF3;n administrativo o penal ue pudiera llevarse a cabo con &#xE9;ste. VIVA CARS&#xA0;ofrece la posibilidad de alquilar dispositivos wifi m&#xF3;viles (MIFI) como complemento del alquiler del veh&#xED;culo. En tal caso,&#xA0;EL CLIENTE&#xA0;es responsable directo del uso que se realice de los equipos suministrados, tanto por este, como el de terceras personas a su cargo, o menores de edad, no asumiendo&#xA0;VIVA CARS&#xA0;responsabilidad alguna frente a terceros del uso que del MIFI se haga de los mismos. La comisi&#xF3;n por parte de&#xA0;EL CLIENTE&#xA0;de cualquier tipo de actuaci&#xF3;n de la que pudiera derivarse alg&#xFA;n tipo de responsabilidad civil a la que debiera hacer frente&#xA0;VIVA CARS,&#xA0;o que pudiera ser constitutiva&#xA0; de infracci&#xF3;n administrativa o penal, facultar&#xE1; a &#xE9;sta para reclamar no s&#xF3;lo el importe de las indemnizaciones o sanciones a las que hubiera tenido que hacer frente, sino tambi&#xE9;n a la suma a la que asciendan los da&#xF1;os y perjuicios ocasionados como consecuencia de la imposibilidad de utilizar el veh&#xED;culo objeto del presente contrato de arrendamiento. Sin perjuicio de lo anterior, se advierte expresamente a&#xA0;EL CLIENTE&#xA0;de las consecuencias que pudieran derivarse para&#xA0;VIVA CARS&#xA0;de la aplicaci&#xF3;n de la Ley 4/2014 de 20 de Junio, de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Illes Balears, por lo que EL CLIENTE manifiesta expresamente que ni utilizar&#xE1; ni permitir&#xE1; la utilizaci&#xF3;n del veh&#xED;culo arrendado para la realizaci&#xF3;n de transporte p&#xFA;blico discrecional de viajeros sin la perceptiva autorizaci&#xF3;n o licencia habilitante. En caso de que el veh&#xED;culo objeto del presente contrato de arrendamiento fuera denunciado por los miembros de las fuerzas de seguridad del Estado, o por cualquier otra autoridad habilitada al efecto, o por la realizaci&#xF3;n de la conducta anteriormente indicada,&#xA0;VIVA CARS&#xA0;se reserva expresamente el derecho a ejercitar frente a&#xA0;EL CLIENTE&#xA0;cuantas acciones le pudieran corresponder en todos los &#xE1;mbitos jurisdiccionales, y en particular la iniciaci&#xF3;n del correspondiente proceso penal por un presunto delito de estafa, tipificado expresamente en el art&#xED;culo 248.1 del C&#xF3;digo Penal, castigado con penas de hasta tres a&#xF1;os de prisi&#xF3;n.  2.- UTILIZACI&#xD3;N DEL VEH&#xCD;CULO POR EL ARRENDATARIO.&#xA0;VIVA CARS&#xA0;manifiesta expresamente que el veh&#xED;culo entregado ha superado las revisiones mec&#xE1;nicas y controles internos realizados, encontr&#xE1;ndose en el estado general que se hace constar en la hoja suscrita por&#xA0;EL CLIENTE&#xA0;al efecto, y disponiendo de la documentaci&#xF3;n necesaria, herramientas y accesorios adecuados, as&#xED; como con todos los neum&#xE1;ticos (incluido el de repuesto) en buena estado y sin pinchazos.&#xA0;EL CLIENTE&#xA0;se compromete expresamente a: - Conservarlo en buen estado. &#x2013; Respetar las normas de C&#xF3;digo de Circulaci&#xF3;n, seg&#xFA;n las especificaciones de uso del tipo de veh&#xED;culo en cuesti&#xF3;n. En particular, las partes acuerdan expresamente que la realizaci&#xF3;n de cualquier conducta que suponga una infracci&#xF3;n del C&#xF3;digo de Circulaci&#xF3;n o la comisi&#xF3;n de un delito contra la seguridad del tr&#xE1;fico ser&#xE1; considerado como incumplimiento esencial de las obligaciones asumidas en el presente contrato, lo que podr&#xE1; dar lugar a la resoluci&#xF3;n del mismo y a exigir indemnizaciones correspondientes por los da&#xF1;os y perjuicios ocasionados, incluidas las correspondientes a los gastos administrativos, de gesti&#xF3;n o procesales ocasionados por la intervenci&#xF3;n de&#xA0;VIVA CARS&#xA0;en los expedientes administrativos sancionadores, o en los procesos penales incoados como consecuencia de dichas conductas. &#xA0;* No transportar personas o mercanc&#xED;as o realizar actividades con fines de subarriendo del veh&#xED;culo, que infrinjan la Ley o las disposiciones legales vigentes o cuyo n&#xFA;mero (peso, cantidad y/o volumen) supere los limites especificados por el fabricante del veh&#xED;culo o leyes. * No conducir bajo la influencia de bebidas alcoh&#xF3;licas, drogas, otras sustancias estupefacientes, no con las facultadas f&#xED;sicas mermadas por fatiga, enfermedad o cualquier otra circunstancia que desaconseje la conducci&#xF3;n. * No utilizarlo para empujar o remolcar otro/s remolques u objetos rodantes o no. * No participar en competiciones, carreras deportivas oficiales o no. * No hacer uso o realizar pruebas de resistencia de materiales, accesorios o productos de autom&#xF3;viles no provistos y/o autorizados por&#xA0;VIVA CARS&#xA0;* No transportar mercanc&#xED;as inflamables, peligrosas, radioactivas, t&#xF3;xicas y/o nocivas. * No dar en garant&#xED;a, pignorar, vender, alquilar, ceder, hipotecar, prestar o incluso variar o modificar cualquier parte del veh&#xED;culo &#x2013;incluyendo los documentos, llaves, herramientas y accesorios- o el veh&#xED;culo mismo. * Cerrar el veh&#xED;culo, estacionar en lugar apto, adecuado y seguro cuando no est&#xE1; siendo utilizado y mantener la documentaci&#xF3;n de &#xE9;ste dentro. * Paralizar inmediatamente el veh&#xED;culo si existiera el menor indicio externo o expl&#xED;cito (indicadores) que hagan presumir la existencia de un fallo t&#xE9;cnico. En estos casos, EL CLIENTE&#xA0;deber&#xE1; contactar a la mayor brevedad posible con la oficina de&#xA0;VIVA CARS&#xA0;o la Compa&#xF1;&#xED;a de Asistencia designada por &#xE9;ste, deneg&#xE1;ndose el abono de los cargos que pudieran producirse por la utilizaci&#xF3;n de empresas de asistencia distintas, salvo supuesto de m&#xE1;xima urgencia. * No conducir con el veh&#xED;culo arrendado por zonas no transitables o por carreteras no pavimentadas que no sean aptas para la circulaci&#xF3;n, en tanto que puedan ocasionar da&#xF1;os en la parte baja de la carrocer&#xED;a y/u otras clases de desperfectos.&#xA0;Se proh&#xED;be fumar en el veh&#xED;culo.  3.- DEVOLUCI&#xD3;N DEL VEH&#xCD;CULO.&#xA0;El veh&#xED;culo se devolver&#xE1; en el mismo estado en el que se entrega y con los mismos documentos, accesorios y equipamiento en el lugar, fecha y hora pactados como finalizaci&#xF3;n del periodo de arrendamiento contratado. EL CLIENTE&#xA0;asume expresamente las consecuencias jur&#xED;dicas derivadas de las alteraciones efectuadas en el veh&#xED;culo arrendado que no haya sido expresamente autorizadas por&#xA0;VIVA CARS&#xA0;En ning&#xFA;n caso se entender&#xE1; prorrogado t&#xE1;citamente el contrato de arrendamiento, por el hecho de que&#xA0;EL CLIENTE&#xA0;no proceda a la devoluci&#xF3;n en cuesti&#xF3;n llegada la fecha pactada de finalizaci&#xF3;n del mismo, precisando autorizaci&#xF3;n expresa y por escrito de&#xA0;VIVA CARS&#xA0;para dicha pr&#xF3;rroga.&#xA0;EL CLIENTE&#xA0;ser&#xE1; responsable de cualquier da&#xF1;o ocasionado al veh&#xED;culo una vez finalizado el plazo de vigencia del arrendamiento y hasta que proceda a la devoluci&#xF3;n del mismo, mientras que&#xA0;VIVA CARS  podr&#xE1; reclamar la indemnizaci&#xF3;n que pudiera corresponderle por los da&#xF1;os y perjuicios ocasionados. Adem&#xE1;s,&#xA0;VIVA CARS&#xA0;podr&#xE1; iniciar las acciones judiciales oportunas para exigir el cumplimiento de los expresamente pactado entre las partes, incluso instando la correspondiente acci&#xF3;n penal por posible delito de apropiaci&#xF3;n indebida por la que se inste a las fuerzas de seguridad del Estado a proceder a la detenci&#xF3;n e inmovilizaci&#xF3;n del veh&#xED;culo.  4.- CARGOS POR ALQUILER. En virtud del presente contrato de arrendamiento,&#xA0;EL CLIENTE&#xA0;vendr&#xE1; obligado a abonar * Cargos derivados por el alquiler del veh&#xED;culo e impuestos y cargos por el valor de la reposici&#xF3;n por p&#xE9;rdida de documentos, accesorios y/o herramientas. * En los casos en los que sea necesaria porque la devoluci&#xF3;n del veh&#xED;culo se produzca presentando &#xE9;ste un estado de suciedad no acorde a un uso normal del veh&#xED;culo, un cargo adicional de limpieza por importe m&#xE1;ximo de 100 &#x20AC;, previa justificaci&#xF3;n del importe del servicio prestado. * En los supuestos en los que&#xA0;EL CLIENTE&#xA0;modifique las condiciones pactadas en el contrato, bien porque solicite la entrega del veh&#xED;culo una vez finalizado el periodo de arrendamiento en lugar distinto al elegido inicialmente, o bien porque permita la conducci&#xF3;n del veh&#xED;culo por parte de una persona no incluida inicialmente como conductor adicional, vendr&#xE1; obligado a abonar las tarifas vigentes para cada uno de los supuestos contemplados. * En caso de que, tras la liquidaci&#xF3;n del contrato de arrendamiento del veh&#xED;culo, resulta una cantidad a favor de&#xA0;EL CLIENTE,&#xA0;VIVA CARS&#xA0;abonar&#xE1; de forma inmediata el importe resultante en la misma forma en que se produjo el pago de la cantidad por parte del primero, no responsabiliz&#xE1;ndose del retraso que se pudiera ocasionar como consecuencia de las gestiones a realizar por parte de las entidades bancarias o de cr&#xE9;dito. * Si&#xA0;EL CLIENTE&#xA0;solicitara una asistencia deber&#xE1; correr con los gastos de gr&#xFA;a o cualquier otro gasto que esta asistencia&#xA0; ocasione, salvo aquellos supuestos en que la asistencia se produzca como consecuencia de un fallo t&#xE9;cnico del veh&#xED;culo y a trav&#xE9;s de las empresas de asistencia designadas a tal efecto por&#xA0;VIVA CARS.&#xA0;Durante el periodo de alquiler, son permitidos un m&#xE1;ximo de 2500 km (200km/d&#xED;a). Si se sobrepasase o utilizase el veh&#xED;culo habiendo finalizado el contrato de alquiler se cobrara un extra de 0.13cts/km.  5.- POSIBLES CARGOS ADICIONALES.&#xA0;En caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por&#xA0;EL CLIENTE&#xA0;en el presente contrato, tener que abonar alguna cantidad establecida y/o derivada de las condiciones generales del contrato, &#xE9;ste autoriza expresamente a&#xA0;VIVA CARS&#xA0;para realizar los correspondientes cargos a la tarjeta de cr&#xE9;dito facilitada al efecto, previa informaci&#xF3;n del concepto por el que se realiza y justificaci&#xF3;n de su importe. En particular,&#xA0;EL CLIENTE&#xA0;se obliga expresamente a aceptar los cargos derivados de los da&#xF1;os y perjuicios ocasionados como consecuencia de su incumplimiento de las obligaciones reflejadas en el presente contrato, con motivo de los siguientes conceptos: * Indemnizaci&#xF3;n por cualquier da&#xF1;o/p&#xE9;rdida&#xA0; causada al veh&#xED;culo y cuya cobertura no quedara justificada y/o contratada por&#xA0;EL CLIENTE&#xA0;junto con los gastos de inmovilizaci&#xF3;n del veh&#xED;culo cuyo importe resultar&#xE1; de aplicar el tipo de tarifa vigente adem&#xE1;s de un cargo administrativo de accidentes. * Indemnizaci&#xF3;n equivalente al importe abonado por&#xA0;VIVA CARS&#xA0;en concepto de multas, as&#xED; como los gastos de gesti&#xF3;n administrativos y las costas judiciales derivados de infracciones de tr&#xE1;fico o infracci&#xF3;n de leyes por parte de cualquier persona autorizada como conductor, incluso los recargos correspondientes al retraso en el pago por parte del Arrendatario. * Indemnizaci&#xF3;n equivalente al importe de los da&#xF1;os y perjuicios causados por negligencia de&#xA0;EL CLIENTE, entre los que expresamente se incluyen la p&#xE9;rdida de llaves, el error en el repostaje de combustible y la falta de elementos internos del veh&#xED;culo arrendado.  6.- R&#xC9;GIMEN DE LOS DA&#xD1;OS DERIVADOS DE LA UTILIZACI&#xD3;N DEL VEH&#xCD;CULO.  6.1 Da&#xF1;os a TERCEROS.&#xA0;En cumplimiento de la normativa vigente,&#xA0;VIVA CARS&#xA0;mantiene en todo momento contratado y en vigor un seguro con compa&#xF1;&#xED;as de primer nivel que cubre la responsabilidad civil del o de los conductores autorizados del veh&#xED;culo alquilado por los da&#xF1;os personales y materiales sufridos por terceros con motivo de la circulaci&#xF3;n del mismo. El seguro de los veh&#xED;culos de la flota de&#xA0;VIVA CARS&#xA0;ser&#xE1; contratado con cualquiera de las siguientes compa&#xF1;&#xED;as: Generali, Mutua Madrile&#xF1;a, Groupama Mapfre, Linea Directa, Reale, Zurich, Helvetia y Axa, cuy cobertura geogr&#xE1;fica se extiende a nivel nacional.  En el marco de este seguro tambi&#xE9;n quedan asegurados, hasta determinados l&#xED;mites, los da&#xF1;os personales (muerte, invalidez total y parcial y gastos de asistencia sanitaria) sufridos por el propio conductor autorizado (v&#xE1;lido &#xFA;nicamente para Espa&#xF1;a). Con la firma de este contrato, los conductores autorizados adquieren la condici&#xF3;n de asegurados por este seguro.  Los l&#xED;mites de responsabilidad cubiertos por el seguro con, al menos, los previstos con car&#xE1;cter obligatorio en cada momento por la legislaci&#xF3;n vigente. Sin perjuicio de los derechos a favor del tercero perjudicado, se informa a&#xA0;EL CLIENTE&#xA0;de que este seguro tiene una franquicia por todas las garant&#xED;as afectadas que pueden ser objeto de reclamaci&#xF3;n por&#xA0;VIVA CARS, cuyos importes se indican en las Condiciones Comerciales. Asimismo, se informa al&#xA0;CLIENTE&#xA0;del derecho de la entidad aseguradora a reclamar al CLIENTE los da&#xF1;os causados en aquellos supuestos excluidos de cobertura por el seguro.&#xA0;EL CLIENTE&#xA0;puede consultar las condiciones generales del seguro en cualquier momento. Se advierte expresamente que las condiciones particulares de los seguros contratados por&#xA0;VIVA CARS&#xA0;para los veh&#xED;culos objeto de arrendamiento, excluyen la cobertura referida a gastos a terceros, al c&#xF3;nyuge, ascendientes, descendientes y hermanos o parientes de&#xA0;EL CLIENTE&#xA0;as&#xED; como a sus socios o personas que tengan con las mismas relaciones mercantiles, laborales o de dependencia.  6.2 Da&#xF1;os AL VEH&#xCD;CULO.&#xA0;EL CLIENTE&#xA0;es responsable frente a&#xA0;VIVA CARS&#xA0;de la correcta conservaci&#xF3;n y utilizaci&#xF3;n del veh&#xED;culo por &#xE9;l, los conductores autorizados y los restantes ocupantes del mismo. Sin perjuicio de lo anterior y de lo que luego se indicar&#xE1;,&#xA0;VIVA CARS&#xA0;ofrece al&#xA0;CLIENTE&#xA0;el alquiler del veh&#xED;culo bajo tres modalidades: A)&#xA0;Modalidad por defecto: SEGURO B&#xC1;SICO. (Seguro obligatorio). Sin cobertura por rotura de lunas, cristales, retrovisores y neum&#xE1;ticos. Sin cobertura por da&#xF1;os de embrague, golpes, p&#xE9;rdida de llaves. Sin cobertura de asistencia m&#xE9;dica a conductor y pasajeros. Durante el periodo de alquiler, se retendr&#xE1; en la tarjeta de cr&#xE9;dito de&#xA0;EL CLIENTE&#xA0;la cantidad desde 300 a 1600&#x20AC; seg&#xFA;n el veh&#xED;culo, en concepto de DEP&#xD3;SITO. El DEP&#xD3;SITO es una garant&#xED;a en caso de da&#xF1;os/robo del veh&#xED;culo. Este importe se devolver&#xE1; autom&#xE1;ticamente si no se han producido da&#xF1;os o robo del veh&#xED;culo durante el periodo de alquiler. El cliente debe tener en cuenta que este importe no representa su responsabilidad total por franquicia, puesto que &#xE9;sta se extiende a la totalidad de la reparaci&#xF3;n por los da&#xF1;os existentes. B)&#xA0;Modalidad opcional 1 - SEGURO A TODO RIESGO CON FRANQUICIA. Seguro a todo riesgo 6-8 &#x20AC;/d&#xED;a (m&#xED;nimo 3 d&#xED;as) con franquicia desde 300 &#x20AC; a 1200&#x20AC;. En este supuesto la responsabilidad del cliente por da&#xF1;os producidos se extender&#xE1; hasta esa cantidad por la reparaci&#xF3;n de los mismos. De igual forma que en el caso anterior, se efectuar&#xE1; una retenci&#xF3;n de m&#xED;nimo 300&#x20AC; y m&#xE1;ximo 1600&#x20AC; seg&#xFA;n el veh&#xED;culo, en la tarjeta de cr&#xE9;dito de&#xA0;EL CLIENTE&#xA0;en concepto de DEP&#xD3;SITO. &#xA0;Adem&#xE1;s, si el veh&#xED;culo est&#xE1; involucrado en un accidente durante el periodo de alquiler existe un cargo administrativo de accidentes de 50 &#x20AC;. En cualquier caso, para la efectividad de esta limitaci&#xF3;n de responsabilidad, ser&#xE1; indispensable la declaraci&#xF3;n de los da&#xF1;os y, en su caso, la presentaci&#xF3;n del correspondiente parte de accidente en el que consten todos los datos referidos al accidente o siniestro producido (datos de los veh&#xED;culos y/o personas intervinientes, as&#xED; como descripci&#xF3;n de lo sucedido y de los da&#xF1;os ocasionados). Asimismo, bajo esta modalidad&#xA0;VIVA CARS&#xA0;&#xA0;exime parcialmente a&#xA0;EL CLIENTE&#xA0;de la responsabilidad por los da&#xF1;os derivados de la sustracci&#xF3;n ileg&#xED;tima del mismo o de sus partes o componentes, por encima del importe fijado expresamente en el contrato en concepto de FRANQUICIA, que en todo caso deber&#xE1; ser abonada por&#xA0;EL CLIENTE. En cualquier caso, para la efectividad de esta limitaci&#xF3;n de responsabilidad, ser&#xE1; indispensable la entrega tanto de las llaves del veh&#xED;culo arrendado en el momento de comunicar los hechos a&#xA0;VIVA CARS, como de una copia de la denuncia penal presentada ante las autoridades competentes. Tal y como se especifica en las Condiciones Comerciales de este contrato, el alquiler del veh&#xED;culo bajo esta modalidad conllevar&#xE1; la obligaci&#xF3;n para&#xA0;EL CLIENTE&#xA0;de realizar un dep&#xF3;sito en garant&#xED;a del pago de dichas responsabilidades. No obstante lo anterior, se advierte expresamente al&#xA0;CLIENTE&#xA0;que la exoneraci&#xF3;n limitada de responsabilidad no alcanzar&#xE1; los da&#xF1;os ocasionados por alguna de las siguientes circunstancias, en cuyo caso&#xA0;VIVA CARS&#xA0;podr&#xE1; reclamar su importe &#xED;ntegro: * Da&#xF1;os producidos en los neum&#xE1;ticos, ya sean producidos por golpes dados a los mismos o por un exceso de carga en el veh&#xED;culo arrendado. * Da&#xF1;os ocasionados tanto en los bombines o cerraduras, como en los cristales del veh&#xED;culo arrendado. * Da&#xF1;os ocasionados por la sustracci&#xF3;n de ruedas, elementos de la parte inferior o baja del veh&#xED;culo, techo, llaves dobles, bombines, asientos y cristales del veh&#xED;culo arrendado. * Da&#xF1;os o faltantes que se hubiesen causado en las partes y elementos integrantes del veh&#xED;culo, interiores, exteriores y de mec&#xE1;nica, en el caso de que el veh&#xED;culo arrendado fuese sustra&#xED;do o se hubiera intentado su sustracci&#xF3;n. C)&#xA0;Modalidad opcional 2 &#x2013; SEGURO A TODO RIESGO&#xA0;. Seguro a todo riesgo sin franquicia desde 15 &#x20AC;/d&#xED;a (m&#xED;nimo 3 d&#xED;as). Dep&#xF3;sito 0 &#x20AC;- Incluye: Seguro de robo, accidente y colisi&#xF3;n. Cobertura por rotura de lunas, cristales y retrovisores. Asistencia en carretera 24 horas. Cobertura por da&#xF1;os de embrague, golpes. Seguro de asistencia m&#xE9;dica a conductor y pasajeros. Bajo esta modalidad, y sin perjuicio de lo que luego se indicar&#xE1;,&#xA0;VIVA CARS&#xA0;exime plenamente al&#xA0;CLIENTE, a cambio del pago de las cantidades adicionales en concepto de alquiler del veh&#xED;culo que se especifican en las Condiciones Comerciales de este contrato, de los da&#xF1;os ocasionados al veh&#xED;culo o derivados de su sustracci&#xF3;n ileg&#xED;tima de los que ser&#xED;a responsable bajo la anterior modalidad&#xA0;A) por defecto, &#xA0;no podr&#xE1; optar por esta modalidad de contrataci&#xF3;n con posterioridad a la suscripci&#xF3;n del contrato de alquiler. D) &#xA0;Da&#xF1;os no cubiertos bajo ninguna de las anteriores modalidades de contrataci&#xF3;n. Cualquiera que sea la modalidad de contrataci&#xF3;n elegida por&#xA0;EL CLIENTE, el mismo siempre responder&#xE1; frente a&#xA0;VIVA CARS&#xA0;hasta su importe &#xED;ntegro (incluido el lucro cesante derivado de la imposibilidad de alquiler el veh&#xED;culo) de los da&#xF1;os y perjuicios ocasionados por alguna de las siguientes circunstancias: * Da&#xF1;os producidos por accidentes en los que la causa eficiente de los mismos sea una vulneraci&#xF3;n grave de las normas de tr&#xE1;fico, o a comisi&#xF3;n de una conducta constitutiva de un delito contra la seguridad en el tr&#xE1;fico. * Da&#xF1;os producidos por conducci&#xF3;n bajo los efectos del alcohol o drogas. * Da&#xF1;os ocasionados en el veh&#xED;culo arrendado como consecuencia de accidentes producidos por la conducci&#xF3;n inapropiada o la conducta gravemente negligente del&#xA0;CLIENTE&#xA0;o de los conductores autorizados, cuando as&#xED; haya quedado de manifiesto en un procedimiento judicial. * Da&#xF1;os ocasionados en las llaves dobles entregadas al arrendatario para la apertura del veh&#xED;culo y la tapicer&#xED;a. * Da&#xF1;os ocasionados como consecuencia de los fen&#xF3;menos meteorol&#xF3;gicos, as&#xED; como los gastos de asistencia derivados de los mismos. * Da&#xF1;os/P&#xE9;rdida de sillas de ni&#xF1;os. * Da&#xF1;os/P&#xE9;rdida/Sustracci&#xF3;n de llaves, gato, tri&#xE1;ngulos de seguridad, chalecos, limpiaparabrisas, tap&#xF3;n del dep&#xF3;sito de la gasolina, bandeja del maletero, o cualquier otro componente m&#xF3;vil o fijo del veh&#xED;culo. * Da&#xF1;os al motor por negligencia. * Da&#xF1;os por repostaje de gasolina inadecuado. * Sustracci&#xF3;n del veh&#xED;culo con las llaves puestas. * Las multas por infracciones de tr&#xE1;fico o infracciones de leyes durante el periodo de alquiler son responsabilidad del conductor del veh&#xED;culo. En caso de recibir una multa se cobrar&#xE1; el importe de 50 &#x20AC; en concepto de gesti&#xF3;n de multa.  6.3 Da&#xF1;os A LOS BIENES PROPIEDAD DEL CLIENTE.&#xA0;El da&#xF1;o, p&#xE9;rdida o sustracci&#xF3;n de los bienes propiedad del&#xA0;CLIENTE&#xA0;que se encuentren en el veh&#xED;culo ser&#xE1; total y exclusivamente a su cargo, y no se encuentran cubiertos por ning&#xFA;n seguro ni bajo ninguna de las modalidades de contrataci&#xF3;n especificadas en el anterior apartado.  7 .- ACCIDENTES. EL CLIENTE&#xA0;se compromete a informar inmediatamente de cualquier siniestro a&#xA0;VIVA CARS&#xA0;y a transmitirle cuantas notificaciones que a dicho siniestro se refieran, as&#xED; como a prestar la m&#xE1;xima cooperaci&#xF3;n tanto a&#xA0;VIVA CARS&#xA0;como a la Compa&#xF1;&#xED;a Aseguradora en la investigaci&#xF3;n y defensa de cualquier reclamaci&#xF3;n y proceso. En cualquier caso, el momento del accidente o siniestro, EL CLIENTE: * No reconocer&#xE1; o prejuzgar&#xE1; la responsabilidad del siniestro ocurrido. * Obtendr&#xE1; los datos completos de la parte contraria y de todas las circunstancias que rodean al accidente. * En caso de no ser posible la suscripci&#xF3;n del correspondiente parte amistoso de accidente, notificar&#xE1; inmediatamente a las autoridades si existe culpabilidad de la parte contraria.  8 .- REPARACIONES, ENGRASE, ACEITES Y COMBUSTIBLES. EL CLIENTE&#xA0;deber&#xE1; comprobar niveles de l&#xED;quidos cada 1.000 Km y reponerlos si es necesario. Los costes por reposici&#xF3;n de l&#xED;quidos (excluidos los producidos por negligencia), se abonar&#xE1;n tras la presentaci&#xF3;n de los correspondientes recibos acreditativos de la realizaci&#xF3;n de dicho servicio. Las reparaciones derivadas de da&#xF1;os y/o aver&#xED;as se har&#xE1;n en los talleres concertados que designe al efecto de manera expresa&#xA0;VIVA CARS&#xA0;qui&#xE9;n asumir&#xE1; el pago de los importes a los que asciendan las mismas, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el presente contrato. Si hubiera de efectuarse en talleres no concertados por&#xA0;VIVA CARS, se requerir&#xE1; previa autorizaci&#xF3;n expresa de &#xE9;sta y se reembolsar&#xE1; el importe al que ascienda la reparaci&#xF3;n efectuada a EL CLIENTE en el momento en que presente los recibos acreditativos de la prestaci&#xF3;n de los servicios y del importe al que asciendan los mismos.&#xA0;EL CLIENTE&#xA0;debe repostar el veh&#xED;culo con el tipo de combustible adecuado para el mismo, cuyo importe ser&#xE1; siempre a su cargo.&#xA0;VIVA CARS&#xA0;proceder&#xE1; a la devoluci&#xF3;n del importe entregado en dep&#xF3;sito para garantizar el pago del combustible que se entrega con el veh&#xED;culo arrendado, cuando as&#xED; se encuentre expresamente establecido en las condiciones de la modalidad de contrataci&#xF3;n elegida por el cliente. En los casos en que dicha modalidad de contrataci&#xF3;n se haya establecido el cargo en concepto de &#x201C;servicio de repostaje&#x201D;,&#xA0;VIVA CARS&#xA0;devolver&#xE1; al cliente la cantidad correspondiente al porcentaje de combustible no consumido en funci&#xF3;n de los reflejado en el indicador de volumen existente en el dep&#xF3;sito, excepto el cargo adicional de 18 &#x20AC; en concepto de &#x201C;servicio de repostaje&#x201D;, que expresamente se encuentra autorizado a efectuar, por el gasto que para &#xE9;sta supone el desplazamiento de sus operarios para la realizaci&#xF3;n de dichas operaciones de repostaje.  9 .- JURISDICCI&#xD3;N Y LEY APLICABLE.&#xA0;El presente contrato se regir&#xE1; por las leyes espa&#xF1;olas y, para el caso de que el cliente merezca la consideraci&#xF3;n de consumidor o usuario, cualquier discrepancia sobre el mismo se someter&#xE1;, en caso de imposibilidad de alcanzar acuerdo amistoso que lo resuelva, a la jurisdicci&#xF3;n correspondiente al del lugar del cumplimiento de la obligaci&#xF3;n, teniendo dicha consideraci&#xF3;n la del lugar donde se inicio el alquiler, y todo ello conforme a lo expresamente establecido en la normativa vigente en materia de consumidores y usuarios. En el supuesto de que el contratante del servicio no merezca dicha consideraci&#xF3;n de consumidor y usuarios, las partes pactan expresamente que se someten a la jurisdicci&#xF3;n del municipio en que se encuentra el domicilio social de&#xA0;VIVA CARS&#xA0;No obstante lo anterior, y conforme a lo expresamente establecido en el art&#xED;culo 38 de la ley 1/1987, de 30 de Julio, de ordenaci&#xF3;n de los transportes terrestres,&#xA0;VIVA CARS, manifiesta expresamente su voluntad en contra de que la resoluci&#xF3;n de cualquier controversia suscitada como consecuencia de la contrataci&#xF3;n de los servicios de arrendamientos de veh&#xED;culos, sea resuelta a trav&#xE9;s de la Junta arbitral de Transporte.  10 .- TRATO DE DATOS PERSONALES. Responsable del tratamiento: VIVA CARS&#xA0;Direcci&#xF3;n: Avda. Diputaci&#xF3;n, 18 03710-CALPE (Alicante) Correo:&#xA0;info@vivacars.es&#xA0;Contacto: (+34) 966 278 817.&#xA0;I. Finalidades principales de los tratamientos.&#xA0;En base a la ejecuci&#xF3;n de la relaci&#xF3;n contractual: Tramitar su solicitud de alta como cliente para poder gestionar la relaci&#xF3;n comercial y necesidades con Usted. I Gestionar, mantener y asegurar el cumplimiento de la relaci&#xF3;n contractual o precontractual que nos una.&#xA0;En base a una obligaci&#xF3;n legal: Para el cumplimiento de cualquier obligaci&#xF3;n legal regulatoria o normativa legal, podremos comunicar sus datos a las autoridades p&#xFA;blicas reguladores u &#xF3;rganos gubernamentales.&#xA0;En base al inter&#xE9;s leg&#xED;timo de&#xA0;VIVA CARS&#xA0;: Acciones comerciales de&#xA0;VIVA CARS,&#xA0;por cualquier medio, destinadas a ofrecerle productos y/o servicios similares a los contratados. I Realizar encuestas de satisfacci&#xF3;n y an&#xE1;lisis de sus necesidades para ajustar nuestra oferta a su perfil. I Grabar su voz y/o su imagen para mantener la calidad del servicio, y en caso necesario, poder gestionar reclamaciones y otros procedimientos. I Comunicar sus datos a aseguradoras para la asistencia en carretera en caso de siniestros o incidencias de tr&#xE1;fico.&#xA0;En base a su consentimiento: Analizar sus necesidades consultando fuentes propias o externas, as&#xED; como a nuestros socios publicitarios para mostrarle publicidad relevante y segmentada de acuerdo con sus preferencias.&#xA0;II. Destinatarios de los datos.&#xA0;Autoridades p&#xFA;blicas, reguladores u &#xF3;rganos gubernamentales o jurisdiccionales. I Compa&#xF1;&#xED;as aseguradoras para la asistencia en carretera en caso de incidencias o siniestros de tr&#xE1;fico, sociedades del Grupo&#xA0;VIVA CARS&#xA0;para la correcta prestaci&#xF3;n de los servicios, as&#xED; como terceras empresas colaboradoras de&#xA0;VIVA CARS  III. Derecho de protecci&#xF3;n de datos.&#xA0;Usted&#xA0; puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificaci&#xF3;n, supresi&#xF3;n, limitaci&#xF3;n u oposici&#xF3;n al tratamiento de datos, portabilidad de datos, y a no ser objeto de decisiones automatizadas, tal como se detalla en&#xA0; la &#x201C;Informaci&#xF3;n Adicional&#x201D;.&#xA0;IV . Informaci&#xF3;n adicional.&#xA0;Puede consultar la informaci&#xF3;n adicional detallada sobre nuestra Pol&#xED;tica de Privacidad para Clientes en nuestra Web&#xA0;www.vivacars.es&#xA0;Como le indic&#xE1;bamos, para comunicarle las mejores ofertas sobre los productos y servicios VIVA CARS pone a su disposici&#xF3;n y mejor se ajustan a sus intereses, necesitamos que Usted nos d&#xE9; su consentimiento: Consiento que&#xA0;VIVA CARS&#xA0;pueda llevar a cabo&#xA0;la realizaci&#xF3;n de un perfil sobre mis h&#xE1;bitos de consumo a trav&#xE9;s de informaci&#xF3;n interna y externa,&#xA0;as&#xED; como comunicar mis datos a sus socios publicitarios con la finalidad de ofrecerme ofertas especiales sobre productos o servicios ajustados a mis necesidades&#xA0; (&#xA0;&#xA0; )&#xA0; S&#xCD;  &nbsp;    INFORMACI&#xD3;N B&#xC1;SICA SOBRE PROTECCI&#xD3;N DE DATOS   RESPONSABLE AUTOMOVILES JUAN CALPE, S.L.U. &#x2013; VIVA CARS   FINALIDAD Mantenimiento de la relaci&#xF3;n fiscal, administrativa y comercial con los clientes.  Facturaci&#xF3;n y contrataci&#xF3;n de servicios y provisionamien-to de los mismos.   LEGITIMACI&#xD3;N Ejecuci&#xF3;n de un contrato.   DESTINATARIOS No se ceder&#xE1;n los datos a terceros, salvo obligaci&#xF3;n legal. No se realizar&#xE1;n trasferencias internacionales de datos,   DERECHOS Acceder, rectificar y suprimir los datos, as&#xED; como otros derechos, como se explica en la informaci&#xF3;n adicional.   INFORMACI&#xD3;N ADICIONAL Puede consultar la informaci&#xF3;n adicional y detallada sobre protecci&#xF3;n de datos que figura en este contrato.    Adem&#xE1;s de para la finalidad principal descrita en la informaci&#xF3;n descrita en la informaci&#xF3;n b&#xE1;sica sobre protecci&#xF3;n de datos, autorizo al tratamiento de mis datos de car&#xE1;cter personal para las siguientes finalidades (marcar con X si desea autorizar el tratamiento, si no lo marca entenderemos que no lo autoriza).  &nbsp;  In compliance with Law 34/2002, of July 11, on Services of the Information Society and Electronic Commerce (LSSI-CE) we request your express consent so that&#xA0; VIVA CARS &#xA0;can send you advertising, by any electronic means or by mail. mail, offers and marketing promotions and contracting of our products or services, as well as other new products or services that our company may market in the future.  &nbsp;  In agreement: THE CLIENT</description></oembed>
